Las sociedades laborales pueden adoptar la forma de sociedad limitada laboral (S.L.L.) o de sociedad anónima laboral (S.A.L.).
Según la forma que adopte la sociedad laboral se tendrán en cuenta la normativa que afecta a las sociedades limitadas o anónimas y que se recoge en la Ley de Sociedades de Capital.
Últimamente, la creación de sociedades laborales está siendo mayoritariamente referidas a las Sociedades limitadas laborales, siendo muy residual la creación de Sociedades Anónimas Laborales y todo ello en consonancia con la dinámica de creación de SL y SA. Así, en el conjunto del territorio español, en los últimos tres años (2016 – 2018) se han creado 1.090 SLL y únicamente 5 SAL.