Estas subvenciones tienen por finalidad financiar proyectos empresariales que persigan el impulso, la diversificación y reactivación económica de zonas, puede ser uno o varios municipios, con una población inferior a 5.000 habitantes o bien, si tienen mayor población, las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores o similares a éstos con una población inferior a los 5.000 habitantes.
Los proyectos deberán aportar una visión integral del problema demográfico, tener en cuenta las diferentes perspectivas y, preferentemente, abordar respuestas transferibles para otras zonas rurales con problemas de despoblación.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las empresas, personas físicas y otras iniciativas emprendedoras (artículo 3 de la Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, por la que establecen las bases reguladoras)
La financiación podrá aplicarse a los siguientes costes directos:
- Gastos de personal
- Gastos de viajes y manutención
- Gastos de actividades
- Gastos de inversión
- Gastos de revisión de la cuenta justificativa
Serán financiables los gastos contraídos desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de diciembre de 2025
Las ayudas concedidas no pueden superar el 70% del total de gasto subvencionable.
El importe de las subvenciones concedidas no será superior al máximo previsto para la ayuda total de minimis concedida a una única empresa para este tipo de ayudas (200.000 €) ni inferior a 15.000 €.
El plazo de solicitud finalizará el 11 de agosto de 2023.